TRÁMITE
SB_PDM
PDM – Plan de Manejo
¿Qué es un Plan de Manejo?
“Conjunto de normas forestales que regulan las acciones a ejecutar en un bosque o plantación forestal, en un predio o parte de este con el fin de aprovechar, conservar y desarrollar la vegetación arbórea que exista o se pretenda establecer, de acuerdo con el principio de uso racional de los recursos naturales renovables que garantizan la sustentabilidad del mismo.”
(Art 17 Decreto Provincial N° 764/047)
¿Cómo presentar el proyecto?
Presentar SAAF y documentación
Presentar el Formulario SAAF para solicitar un Plan de Manejo -PM- antes del 31 de Octubre del año anterior a intervenir. El mismo debe estar acompañado por la siguiente documentación:
- Documentación que acredite tenencia de la tierra.
- Ubicación catastral de la mancha forestal a intervenir, es decir, el objeto de aprovechamiento.
- Nombre del titular del PM.
- Presentación del Técnico responsable.
- Superficie de corta, especies a intervenir y cantidad de plantas aproximadas a ser aprovechadas.
- Acuerdo de ejecución o de tránsito del PM firmada por el titular/permisionario de la tierra.
Requisitos para la aprobación
- No adeudar aforos o multas ante la Secretaria de Bosques.
- Presentación de obra forestal lograda en relación a los m3 (metros cúbicos) a extraer.
- De ser necesario, se exige al Titular del PM que clausure al diente de ganado mediante alambre perimetral.
- Cumplir con los requisitos técnicos correspondientes: Área Basal, % de regeneración, pendiente, % de ataque por herviboría, etc. dentro de los parámetros admisibles.
- Presentación de informe de marcación del técnico responsable donde conste: cantidad de árboles marcados por rodal (incluidos otros tratamientos como anillados, raleos, etc.), área basal a extraer y estimación volumétrica.
Primera salida a campo
Técnicos de la Dirección de Aprovechamiento, Jefe de la Delegación Forestal interviniente y el Técnico responsable inspeccionan y evalúan el sitio solicitado. Si se determina que es factible realizar la intervención, se le comunica al Técnico responsable que puede realizar y presentar, antes del 31 de enero del año del periodo de aprovechamiento, el correspondiente PM.
Una vez que el Técnico presenta el PM en la SB, se evalúa y en caso de ser aprobado se emite el «aval técnico» para que el Técnico responsable lo pueda presentar ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable junto con el DAP – Descripción Ambiental del Proyecto-.
Luego se autoriza al Técnico responsable a que realice la marcación de las plantas que considera ser intervenida -apeada o anilladas- según el manejo propuesto en el PM.
Segunda salida a campo
Técnicos de la Dirección de Aprovechamiento junto al Técnico responsable del PM inspeccionan la marcación. Si corresponde se aprueba.
Tercera salida a campo
Se procede a certificar mediante martillo oficial las plantas seleccionadas para el apeo y anillado.
- Después de esta instancia se autoriza a realizar el aprovechamiento mediante Disposición.
- en adelante, toda intervención que se enmarque en el PM tendrá que ser solicitada bajo el Formulario SAAF.
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Fechas importantes
- Presentar el Formulario SAAF para solicitar PM antes del 31 de Octubre del año anterior a intervenir.
- En caso de dar curso a la solicitud, el Técnico responsable debe presentar el correspondiente PM antes del 31 de enero del año del periodo de aprovechamiento.
- En caso de que finalmente se autorice el PM, la Disposición final ordena para el periodo de corte y trozado…
- El periodo de corta de especies nativas será desde el 1° de Abril al 30 de Septiembre de cada año.
- El plazo para terminar con las tareas de trozado, bajado de ramas, anillado, arrastre y extracción de los productos del aprovechamiento será hasta el 30 de marzo del año siguiente.